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GUANAJUATO, Gto. 30 de noviembre de 2023.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria, aprobó el acuerdo recaído a las comunicaciones realizadas por los partidos políticos sobre sus procesos internos de selección de candidaturas a integrantes de ayuntamientos para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
La fecha límite para que los institutos políticos informaran el procedimiento a utilizar en la selección de sus candidaturas a integrantes de ayuntamientos fue el 14 de noviembre de 2023.
Las comunicaciones que realicen los partidos políticos respecto a sus procesos internos de selección de candidaturas a integrantes de ayuntamientos deberán cumplir los requisitos que exigen los artículos 175 y 177, fracción II, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato local, los cuales son los siguientes:
Definición de los mecanismos por los que se garantice la participación de aspirantes que pretenden postularse para una elección consecutiva. Criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a presidencias municipales, sindicaturas y regidurías.
La definición de los distritos y municipios en que se postularán mujeres. Fecha de inicio del proceso interno. Método o métodos que serán utilizados. Fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente y los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno.
Los órganos de dirección responsables de la conducción y vigilancia del proceso interno. La fecha de celebración de la asamblea electoral interna.
Además de la definición de los municipios en que se postularán mujeres, las comunicaciones deberán contener los bloques de municipios de votación alta, media y baja, así como las postulaciones que, en cada uno de éstos, deben corresponder a mujeres y hombres.
Derivado de la revisión de las comunicaciones por los institutos políticos, Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido de la Revolución Democrática, Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y Morena, cumplieron con la obligación consistente en comunicar al Instituto sus respectivos procesos internos de selección de candidaturas a integrantes de ayuntamientos, en términos de lo previsto en el artículo 175 de la ley electoral local.
Por lo que refiere al partido político Partido del Trabajo, de la revisión de los escritos presentados, se advierte que no cumplió con los extremos de lo dispuesto en el artículo 175 de la ley electoral local.
Se requerirá al Partido del Trabajo por conducto de la Secretaría Ejecutiva para que, dentro del plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del requerimiento respectivo, comunique lo siguiente:
Se dará vista a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del Instituto para que, con fundamento en el artículo 346, fracción I, de la ley electoral local, en ejercicio de sus atribuciones, realice las investigaciones necesarias y sustancie el procedimiento que corresponda.