Marcha del 2 de octubre exige justicia y libertad
La seguridad de un jefe de Estado no es un privilegio personal. Es una garantía institucional. Se protege al titular del poder porque encarna la representación jurídica y política de la nación. Su integridad física no pertenece únicamente a su esfera privada. Está vinculada al funcionamiento del Estado y a la estabilidad del orden público. Por ello, en prácticamente todas las democracias del mundo, los mandatarios cuentan con sistemas especializados de protección. No se trata de ostentación ni de privilegio. Se trata de responsabilidad institucional. En México, la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador de suspender el Estado Mayor Presidencial abrió un debate legítimo sobre los límites entre austeridad republicana, seguridad nacional y congruencia política.
Primero. La protección de los jefes de Estado forma parte de una lógica elemental del derecho público contemporáneo. La figura presidencial no es simplemente un ciudadano que circunstancialmente ocupa un cargo. Es la cabeza del Ejecutivo. Es el depositario de facultades constitucionales que impactan directamente en la vida institucional del país. Su integridad física constituye, por tanto, un bien jurídico de interés colectivo.
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